Debe Sedena informar sobre delitos investigados por el fuero militar.

26 julio 2015
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sedenaEl Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a dar a conocer datos sobre delitos investigados y sancionados por el fuero militar.

Un particular solicitó la información vía transparencia, a lo que la Sedena manifestó que no encontró datos respecto a hechos delictivos en los que haya sido afectado un civil, toda vez que son competencia del fuero federal, según el Artículo 57 del Código de Justicia Militar.

Sin embargo, el inconforme expuso que, previo a la reforma de ese artículo, los militares que cometían un delito que afectara a civiles eran procesados por tribunales castrenses, por lo que la Sedena tenía la facultad de perseguir esos delitos hasta junio de 2014.

Además, el solicitante argumentó que tampoco sería procedente la inexistencia de la información respecto del periodo de junio de 2014 a febrero de 2015, pues el Artículo 37 de dicho código reconoce que el Ministerio Público Militar debe indagar sobre la probable comisión de delitos del orden castrense.

Luego de que en alegatos la Sedena reiteró su respuesta original, el INAI advirtió que la dependencia fue omisa en turnar el requerimiento de información a todas las unidades adminisitrativas competentes.

Además, se confirmó que la Procuraduría General de Justicia Militar tiene atribuciones para ordenar la apertura de averiguaciones previas para esclarecer delitos de competencia de los tribunales del fuero de guerra.

Por lo anterior, el pleno del instituto revocó la respuesta de la Sedena y le instruyó a que realice una búsqueda de la información y la entregue al particular, atendiendo el periodo anterior y posterior a la reforma del Código de Justicia Militar de junio de 2014.

Dicha información debe ser en formato electrónico o abierto, con datos relacionados con investigaciones de la Procuraduría de Justicia Militar por los delitos de tortura, abuso de poder y lesiones cometidos entre 1960 y 2015.

Los datos deberán desglosarse por el número total de sentencias dictadas por órganos judiciales militares, número total de sentenciados, sexo y número total de ofendidos y/o víctimas de cada evento, así como la entidad donde sucedieron los hechos.

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