MI OPINION: Rendición de cuentas.

16 agosto 2015
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adrianCorrupción, impunidad, distracción del gasto público, endeudamientos (injustificados, excesivos e ilegales), uso indebido del erario, enriquecimiento inexplicable, negocios al amparo del poder y hasta colusión con el crimen, son desviaciones del legal ejercicio del servicio público; para conocerlos y contenerlos, para sancionarlos y castigarlos, es necesario el efectivo trabajo de las Contralorías y de las Auditorias Superiores, en todas las instancias gubernamentales.
Pero ya no hay Contralorías, les cambiaron de nombre que para mejorar el alcance administrativo, ahora se llaman Función Pública y en algunos casos Rendición de Cuentas. Los gobernantes nombran a sus allegados en estos encargos de toral importancia para la salud del ejercicio público y el buen uso del dinero del pueblo, de tal manera que minutos después de ser nombrados pasan de ser leales a ser cómplices. Y entonces, ¿quién revisa al revisor, quien audita al auditor?
La evaluación del desempeño del servidor público fue una obligación de las Contralorías en años pasados, implicaba el compromiso de indicadores del desempeño de los servidores públicos (indicadores de eficacia, de eficiencia, etc.), y el cruce de indicadores; de tal suerte que cualquier objetivo, meta u acción gubernamental debería ser evaluada. La premisa valida: “lo que no es medible no es evaluable”, y de ahí, que lo que no es evaluable no es sujeto de reingeniería de procesos, de mejorar, de cambiar o de ser sancionado. No hay como fincar responsabilidades y aplicar la ley.

Escrito por:  Adrián Garza Pérez

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