La Ley de gastos en comunicación social y programas sociales, en caso de que se promulgue en plenas campañas, sería vigente para el proceso electoral de 2108 ya que no es una norma electoral, sino que determina obligaciones para los funcionarios públicos bajo cualquier circunstancia, así lo informó Pamela San Martín, consejera electoral del INE.
“En el momento en que se emita esa norma, será la propia legislación la que determine su vigencia. Recordemos que si bien el Artículo 134 tiene una incidencia fuerte en lo electoral, no es una norma electoral, sino que establece la obligación de los servidores públicos de hacer un uso imparcial de los recursos públicos, de garantizar su adecuado manejo, de garantizar la eficiencia en el gasto público; es una obligación que no se limita a los procesos electorales”, aseveró San Martín Valles y Ríos.
En ese contexto de omisión legislativa, la asociación civil Artículo 19 promovió un amparo al argumentar el incumplimiento de la reforma electoral, mismo que en primera instancia fue rechazado por un juez federal, pero que fue atraído por la Primera Sala de la Suprema Corte, que lo resolverá hoy.
La elaboración del proyecto de sentencia cayó en la responsabilidad del ministro Arturo Zaldívar, quien en su redacción apoya el otorgamiento del amparo, debido a que vulnera el derecho a la información ya que implica la inexistencia de reglas claras para el gasto de comunicación social.
“Es un caso bastante relevante y el mensaje que manda al menos el proyecto es que todos los Poderes, todos los órganos de la administración están sujetos a la Constitución. Es un mensaje de sujeción a la Constitución”, añadió la consejera electoral.
Aunque la lógica del ministro Zaldívar va encaminada por el derecho a la información, también tiene la implicación electoral, pues eso marcaría las reglas para impedir que los recursos públicos, ya sea de comunicación social o de programas sociales, sean usados con fines propagandísticos.
Información de: El Sol de Toluca.





