La
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la controversia constitucional que presentó Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, contra la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que obliga al Congreso a respetar el lugar de Movimiento Ciudadano (MC) en la Comisión Permanente.
Dicha determinación se dio a conocer durante la noche del lunes 4 de julio, motivo por el cual la bancada naranja emitió un comunicado oficial en el que celebró que tanto la Suprema Corte como el Tribunal Electoral le dieran la razón al partido y visibilizar la exclusión de la que fueron objeto por la mayoría legislativa en San Lázaro.
“El derecho nos vuelve a dar la razón y refrenda que debe respetarse nuestro lugar en la Comisión Permanente. Fueron 3 millones y medio de personas las que nos dieron este lugar”, expresó Jorge Álvarez Máynez, coordinador de MC en la Cámara de Diputados.
De acuerdo con el coordinador, MC cuanta con el doble de votos que algunos partidos con tres espacios en la Permanente, por lo que sostiene que esta decisión es en representación a su votación directa obtenida en los procesos electorales de 2018 y 2021.
Álvarez Máynez adelantó, desde la semana pasada, que dicho recurso sería desechado, pues las decisiones del TEPJF son inatacables e improcedentes de cualquier revisión, incluso ante la SCJN: “Estas son las consecuencias de las decisiones unilaterales del presidente de la Cámara de Diputados. Esperamos que de una vez por todas respete la investidura del cargo que ostenta y respete la Constitución como se comprometió desde su toma de protesta”.
Todo inició con la conformación de la Comisión Permanente del segundo periodo de receso de la LXV Legislatura, pues la Junta de Coordinación Política(Jucopo) de la Cámara de Diputados determinó que no habrá representación por parte de MC en dicho organismo, por lo que la bancada naranja acudió ante el Tribunal Electoral para que se hiciera válida una determinación anterior en la que se instruía al Congreso que Movimiento Ciudadano integrara la Permanente.
Esto porque en el primer periodo de receso de la LXV Legislatura, el Congreso excluyó a MC de la Permanente, así que el TEPJF hizo una determinación que, en lo que queda de sexenio, los diputados de MC deben de tener presencia en dicho apéndice legislativo. Además, se debe de considerar que las resoluciones del Tribunal Electoral son de carácter constitucional y se deben acatar.
Sin embargo, Gutiérrez Luna, de Morena, presentó una controversia ante la Suprema Corte al considerar que esta resolución sale de las competencias constitucionales del TEPJF, de tal modo que lo planteó como una transgresión a la separación de los poderes. Finalmente, la SCJN determinó que no es así y que el Congreso debe de atender la resolución del Tribunal Electoral para hacer valer los derechos de representatividad de las y los ciudadanos que votaron por las y los diputados de MC.
¿Qué es la Comisión Permanente?
La Comisión Permanente es un órgano del Congreso de la Unión el cual entra en funciones cuando las cámaras se van a receso. Las cámaras de Diputados y de Senadores cesan su trabajo del 15 de diciembre al 31 de enero y del 1 de mayo al 31 de agosto.
Ésta se compone por 19 diputaciones y 18 senadurías, conformando una plantilla de 37 legisladores. Sus integrantes son designados durante la última sesión de cada período ordinario a través de voto secreto en sus respectivas cámaras.
Las funciones de la Comisión Permanente son de carácter político, jurídico, administrativo y de control, mas no tiene facultades para legislar. Entre sus atributos se encuentra el conceder el uso de la Guardia Nacional, recibir la protesta del presidente, recibir iniciativas de ley, ratificar los nombramientos que haga el presidente, así como concederle licencia al ejecutivo por hasta 70 días.