Elecciones en México 2024: ¿Qué es la veda electoral, cuándo inicia y qué les prohíbe a candidatos?

30 mayo 2024
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¿Qué es la veda electoral? ¿Qué se puede y no hacer? Si aún no sabes cuáles son las reglas que impone el INE para este periodo, acá te contamos todos los detalles.

¡Ya estamos en la cuenta regresiva! La jornada electoral de este domingo 2 de junio de 2024 está ‘a la vuelta de la esquina’… Si aún no decides por quién vas a votar, no te presiones, existe un periodo de reflexión para los mexicanos previo a los comicios. Se llama veda electoral.

¿Qué es la veda electoral? Esta medida, marcada en el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, tiene como propósito que la ciudadanía pueda tener unos días para razonar su voto y así saber qué candidato o candidata van a elegir.

Por esta razón, el Instituto Nacional Electoral (INE) obliga a los partidos políticos a que exista un silencio institucional. ¿Esto qué significa? Que los candidatos frenen sus campañas electorales, por lo que los spots que ‘bombardean’ a los ciudadanos, a través de radio, televisión o internet, deben ser suspendidos.

¿Cuándo inicia y termina la veda electoral 2024?

El INE marca que las campañas electorales terminan este 29 de mayo, un día antes de que inicie la veda electoral 2024. Ante esto, se tiene previsto que dicha medida inicie desde el próximo jueves 30 de mayo, en punto de las 00:00 horas, y se extienda hasta el día de la jornada electoral, es decir, el 2 de junio.

Otro de los objetivos del órgano electoral, es que los mexicanos estén conscientes que el sufragio es libre, sin presiones o con mensajes de último momento. “En el periodo, la libertad de expresión y la libertad de prensa están garantizadas”, afirma el instituto.

¿Qué NO pueden hacer los candidatos en la veda electoral 2024?

De acuerdo con el INE, en estos tres días de reflexión los candidatos tienen prohibido hacer campaña electoral, por lo que no se permiten las siguientes acciones:

  • Actos de campaña y proselitismo electoral.
  • Difundir propaganda electoral por parte de candidatos y partidos políticos.
  • Difusión de propaganda gubernamental.
  • No es posible difundir encuestas o publicar resultados y sondeos electorales.

Estos lineamientos no sólo aplican para candidatos, también a servidores públicos. Incluso, la propaganda gubernamental solo será permitida si está relacionada con las campañas de servicios educativos, de salud o de Protección Civil.

¿Hay castigo en caso para quien no respete la veda electoral?

La respuesta es sí. En caso de que alguien incumpla estas medidas, hay sanciones que implican una multa y castigos de hasta 6 años de cárcel, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

 

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