DERECHOS UNIVERSITARIOS EN LA UADEC

8 julio 2016
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olveraRUBÉN OLVERA MARINES

En junio de este año, un diario local publicó una nota fuera de lo común: un abogado tramitó un amparo ante un Juzgado de Distrito, acusando que el Consejo Directivo de la Facultad de Jurisprudencia de la UAdeC se negó a abrir una materia que le permitiría concluir sus estudios de maestría. El juicio que promueve el estudiante, asegura el rotativo, sería el segundo recurso iniciado en contra de la misma institución.

Claro que cualquier estudiante o docente de la máxima casa de estudios puede inconformarse en contra de alguna determinación académica o administrativa que les afecte. Pero resulta “fuera de lo común” que lo hiciera ante una instancia judicial, ajena a los distintos ámbitos universitarios como, por citar un ejemplo, las comisiones de Honor y Justicia y la de Asuntos Académicos del Consejo Universitario; o tal vez lo hizo, pero no encontró la respuesta que buscaba.

En realidad, esta singularidad, el hecho que un estudiante acuda a una instancia externa para hacer valer sus derechos, refleja un histórico y profundo rezago que, respecto a la protección de los derechos humanos de la comunidad universitaria, arrastra la UAdeC desde su autonomía.

De hecho, ni en el Estatuto Universitario ni en la Ley Orgánica de la universidad podrás encontrar algún apartado que se refiera al procedimiento y los criterios para la protección de los derechos universitarios. Vamos, los derechos humanos universitarios no existen en dichos ordenamientos.

Como el caso descrito en la prensa, podría haber muchos más que desconocemos. ¿A quién acude un estudiante para procurar una defensa y exigir un debido proceso ante una expulsión. O un docente que se le negó impartir determinada materia? Cierto que el Consejo Universitario y sus comisiones podrían constituirse como las instancias que conozcan, deliberen y fallen respecto a una presunta violación a los derechos universitarios, pero queda el problema del principio jurídico procesal, el debido proceso: derecho de audiencia, desahogo de pruebas, auxilio de un defensor, etc.

Me declaro neófito al tratar de determinar sí un fallo del Juez a favor del estudiante estaría violando la autonomía universitaria, pero de lo que sí estoy seguro es que si el Juez solicitara pruebas a la UAdeC para determinar si se siguió el debido proceso, el estudiante llevaría las de ganar. Por una simple razón: no existe tal procedimiento jurídico, al menos no formalizado.

Ahora entendemos el particular proceder del estudiante de maestría. Su demanda no encontró cabida en las autoridades universitarias. Fue estratégico, buscó el amparo judicial.

Pero la noticia del estudiante se puede matizar con otra nota, más reciente y más interesante. Nota de prensa que llamará todavía más tu atención: no sé si en repuesta a las demandas de amparo o a un proceso de planeación, el Rector Blas Flores Dávila anunció la creación de la Defensoría de Derechos Humanos Universitarios.

Blas Flores estableció que las funciones de esta figura, son las de difundir y proteger los derechos de la comunidad universitaria, para lo cual –precisó el Rector- esta nueva instancia se encargará de “implementar el procedimiento jurídico para la restitución de los derechos universitarios”.

La UAdeC es una institución con ciertos rezagos que la alejan del top de las mejores universidades públicas del país. Sin embargo, al menos en el papel, la creación de un Ombudsman interno, responde a una demanda añeja de la comunidad universitaria, que observaba con inquietud como otras universidades del país cuentan, desde hace años, con una instancia similar a la antes descrita.

El estudiante de maestría de la Facultad de Jurisprudencia, tendrá una buena oportunidad para probar la eficacia e imparcialidad del nuevo organismo defensor.

Hablando de principios, la designación de Ildefonso Blanco como director de la Defensoría, que fungiera hasta hace poco como Abogado General de la universidad, sembró la primera duda. ¿Garantiza alguien designado por el propio Rector y cercano a su grupo de trabajo, una verdadera imparcialidad respecto a las determinaciones de las autoridades que pudieran afectar los derechos de la comunidad universitaria? Ahí de dejo.

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