¿Cuál es la FECHA LÍMITE para tramitar la CURP Biométrica para no quedarte sin servicio en el IMSS?

5 marzo 2026
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Este mes de marzo se implementará el uso de la CURP Biométrica y de la e.firma; te contamos todo lo que debes de saber.

La Clave Única de Registro de Población (CURP) ha acompañado a los mexicanos por mucho tiempo, sin embargo, su renovación con los datos biométricos ha dejado muchas dudas sobre cómo y dónde se tramita o bajo qué contextos se utiliza, ya que también funciona como una identificación obligatoria.

Sin embargo, sus usos han aumentado luego de que el H. Consejo Técnico del Seguro Social anunció que la e.firma y la CURP Biométrica comenzarán a ser utilizados pararealizar algunos trámites de forma obligatoria.

Así que si aún no tienes esta nueva forma de identificación, ¡llegó el momento de tramitarlo!, pues si bien es cierto que se trata de un documento de identificación oficial opcional, este mes de marzo comenzará a ser solicitado de forma obligatoria en algunos trámites del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El IMSS podría empezar a pedir estos dos requisitos a partir del martes 17 de marzo de 2026, es decir, que todavía tienes tiempo de acudir a tu módulo más cercano para tramitar tu CURP Biométrica. Cabe destacar que esta fecha es tentativa, pues la medida comenzará a implementarse 145 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, mismo que ocurrió el pasado 24 de febrero.

“Quien solicite de forma presencial alguno de los trámites materia del presente Acuerdo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá identificarse mediante la CURP con datos biométricos o identificación oficial vigente con fotografía. En caso de actuar a través de otra persona, deberá presentar el documento con el que se acredite la personalidad con la que se ostenta como representante legal que lo habilite para realizar actos y actuaciones ante el IMSS (de administración, dominio y especial)”, se señala en el Artículo 1.

¿Para qué se va a usar la CURP Biométrica en el IMSS?

Las personas que realicen trámites presenciales ante el IMSS tendrán que presentar la CURP Biométrica en casos específicos que van más allá de la identificación, pues el H. Consejo técnico del Seguro Social dio una lista de las razones por las que se pedirá:

  • Para identificarte al acudir personalmente a cualquier oficina del IMSS a realizar trámites
  • Para tramitar el Alta Patronal
  • Para inscribir a una empresa en el seguro de riesgos de trabajo
  • Para tramitar la asignación o cancelación del Registro Patronal Único, mejor conocido como RPU
  • Cuando quieras tramitar el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y certificados digitales
  • Para presentar avisos de movimientos de trabajadores, como altas o bajas, esto de forma física en las subdelegaciones correspondientes
  • Para acreditar legalmente si actúas como representante de una empresa o de otra persona.

¿Qué pasa si no presento mi CURP Biométrica ante el IMSS?

Aunque el IMSS dio a conocer que solicitará la CURP Biométrica en varios trámites de forma obligatoria a partir del mes de marzo, lo cierto es que no se trata de algo obligatorio, al menos durante la temporada de transición, donde sí se aceptarán otras identificaciones oficiales vigentes y con fotografía como el INE o del pasaporte.

“En tanto no se implemente la CURP con datos biométricos, se continuará presentando identificación oficial vigente con fotografía, una vez implementada será el único medio nacional de identificación oficial, conforme con lo señalado en el artículo 91 Bis de la Ley General de Población”, advierten en la publicación del DOF.

Información de: El Heraldo de México

https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2026/3/5/cual-es-la-fecha-limite-para-tramitar-la-curp-biometrica-para-no-quedarte-sin-servicio-en-el-imss-775876.html

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