
El INE había declarado vacantes 45 cargos que se sometieron a elección el pasado 1 de junio luego de que las y los juzgadores ganadores no cumplieron con el requisito del promedio mínimo.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) y ordenó la entrega de constancias de mayoría a jueces y magistrados que no cumplieron con el promedio mínimo de 8 en licenciatura y 9 en especialidad, pero ganaron en las urnas. La decisión abarcó a 15 juicios realizados, aunque se registró un total de 45 casos de la misma índole.
Durante la sesión de la Sala Superior del TEPJF de este 30 de julio, las y los magistrados discutieron y votaron el proyecto de Felipe Fuentes, quien propuso revocar la inelegibilidad de 45 personas por el promedio, acción por la cual quedaron vacantes los cargos correspondientes. De acuerdo con su argumentación, el INE carece de atribuciones para ello.
El proyecto fue respaldado por los tres votos de su autor, así como de Mónica Soto y Felipe de la Mata. Por el contrario, quienes se posicionaron en contra de la resolución en dicho sentido fueron Janine Otálora, así como Reyes Rodríguez Mondragón, quienes dieron a conocer otras alternativas.
Rodríguez Mondragón, por un lado, propuso respaldar la decisión del INE al reiterar la nulidad del procedimiento en los casos mencionados y ordenar la realización de una elección extraordinaria. Por otro lado, Janine Otálora se dijo a favor de que la autoridad encargada de la organización de la elección, es decir el INE, revisara la elegibilidad de los 45 ganadores.
Mónita Soto, por otro lado, aseguró que la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) se trató de “un exceso”. Incluso, acusó la modificación de las reglas una vez que concluyó el proceso electoral judicial.
Cabe recordar que, al no cumplir con el promedio mínimo requerido en la convocatoria, el Consejo General del INE declaró la inelegibilidad de 45 candidatos ganadores en la elección judicial. Del total, 24 fueron magistradas y magistrados de circuito, mientras que los 21 restantes fueron jueces y juezas de distrito.
Otra resolución que dieron a conocer consistió en ordenar la entrega de la constancia de mayoría a la o el candidato que haya obtenido el segundo lugar, siempre y cuando la persona ganadora no haya impugnado la declaración de inelegibilidad del INE ante el TEPJF.
Información de: Infobae