¿Puedo heredar el ahorro de mi Afore?

6 marzo 2024
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¿El ahorro de mi Afore es heredable? Esta puede ser una de las interrogantes más comunes que existen sobre los recursos que se resguardan en las cuentas de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), ya que se trata del ahorro que acumula una persona durante su vida laboral.

Y es que el dinero que se acumula en su cuenta creada en alguna administradora de su elección, se deberá regresar en la etapa de jubilación en forma de pensión o en una sola exhibición.

Pero, ¿Qué pasaría si una persona muere?

Es aquí donde surge la duda sobre si su ahorro puede llegar a ser heredable. De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), cuando el dueño de la cuenta individual fallece, entonces se contempla que ese dinero acumulado sea traspasado a los beneficiarios del titular.

Sin embargo, el trabajador fallecido debe haber designado a sus beneficiarios. Es decir, serán dispersados a sus familiares, siempre y cuando cumplan con las condiciones que establezcan las leyes de seguridad social.

Es importante recordar que aplica para ambos institutos, es decir, tanto para el IMSS como para el ISSSTE.

Los beneficiarios tendrán un plazo de hasta 10 años para poder reclamar ese dinero, en caso de no hacerlo, entonces pasarán directamente al IMSS.

Hay que recordar que los familiares directos pueden ser el esposo (a), los hijos menores de 16 años o mayores si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años. Así como los padres, siempre y cuando dependan económicamente del trabajador.

¿Cuándo registrar a mis beneficiarios?

El ciudadano deberá hacer el trámite desde el momento en que se registre a la Afore o cuando se cambie de administradora.

También podrá hacerlo con ayuda de algunas herramientas como Aforemóvil y al momento de actualizar el expediente de identificación.

En caso de que no sean designados los familiares, entonces será la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la que seleccione a los ciudadanos que podrán acceder los recursos al momento del fallecimiento de la persona.

En el país operan 10 Afores al momento, de las cuales ocho son privadas, una pública y una mla buena noticia es que podrá elegir la administradora que más le convenga, lo único que tendrá que hacer es presentarse en sus oficinas y pedir el cambio.

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