Cada día, más de un millón de personas contraen una Infección de Transmisión Sexual (ITS), de acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Más de 30 bacterias, virus y parásitos diferentes se transmiten por contacto sexual, lo cual puede ser castigado en México por ser una acción catalogada como delito de contagio.
¿Qué es el delito de contagio?
El delito de contagio consiste en un perjuicio a la salud por parte de una persona que se encuentra dentro de una relación de matrimonio o concubinato.
Si una persona sabe que está enferma de un mal venéreo u alguna otra enfermedad grave que ponga en peligro de contagio la salud de otro individuo por tener relaciones sexuales o a través de otro medio transmisible puede ser sancionado, de acuerdo con el artículo 199 Bis del Código Penal Federal
¿Cuál es la pena por delito de contagio?
La Ley señala que aquella persona que incurra en este delito será sancionada con una pena de tres días a tres años de prisión y hasta cuarenta días de multa. En caso de que la enfermedad padecida fuera incurable se impondrá la pena de seis meses a cinco años de prisión.
El Código Penal señala que esta sanción aplica cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas y solo podrá procederse por querella del ofendido.
¿Cuáles son las ITS que existen?
Existen ocho agentes patógenos vinculados con la incidencia de ITS. Las siguientes cuatro infecciones se pueden curar actualmente, según la OMS:
- Sífilis.
- Gonorrea.
- Clamidiosis.
- Tricomoniasis.
Las siguientes cuatro son infecciones víricas incurables:
- Hepatitis B.
- Infección por el virus del herpes simple (VHS).
- Infección por el VIH.
- Virus de los papilomas humanos (VPH).
A estas enfermedades se suman los brotes de nuevas infecciones que pueden contraerse por contacto sexual, como la viruela del mono, las infecciones por los virus Shigella sonnei o Neisseria meningitidis, o el ébola y el zika.
Información de: El Financiero