¿Ya habilitaste el Buzón Tributario del SAT? Si la respuesta es NO, tienes cinco días para hacerlo. A través de un comunicado, el Servicio de Administración Tributario (SAT) informó que todos los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre para activar esta función.
El Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y el contribuyente. Funciona como un correo electrónico, en el que la dependencia informa al cliente sobre algún pendiente. Activarlo es obligatorio desde 2020 y en caso de no hacerlo podría generar una multa.
No todas las personas están obligadas a activar el buzón, como aquellas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica, y los asalariados con ingresos anuales menores a 400 mil pesos.
¿Cómo activar el Buzón Tributario?
Para habilitar el Buzón Tributario deberás ingresar a la página oficial del SAT. Da clic en la opción Buzón Tributario y accede con tu contraseña o e.firma (firma electrónica). Elige la opción Configuración. Captura el código de activación recibido vía SMS.
Requisitos para el Buzón Tributario
Para activar la función deberás:
-Contar con e. firma o firma electrónica (personas morales).
-Contar con e. firma, e. firma portable o Contraseña (personas físicas).
-Contar por lo menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular (se pueden registrar hasta cinco correos electrónicos).
¿Cuáles son los beneficios del Buzón Tributario?
-Portal privado y personalizado
-Economiza tiempo y recursos
-Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que realicen.
-Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
-Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
-Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
Información de: el Financiero