¿A Partir de HOY Queda Prohibida la Zona de Fumadores?

14 enero 2023
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Dile adiós a la sección de fumadores de los restaurantes en México

Las prohibiciones en torno al consumo de tabaco en México se volverán más severas, pues a partir de HOY 16 de enero del 2023, los restaurantes en el país no podrán ofrecer áreas exclusivas para fumar.

Del mismo modo, no se permitirá la exhibición de cigarros en tiendas, misceláneas y todo tipo de puntos de venta, al igual que no se podrá fumar en varios lugares en los que antes sí estaba permitido.

Las modificaciones anteriores forman parte del decreto que reforma el Reglamento para la Ley General de Tabaco en México, mismo que ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en días pasados.

¿Cómo y cuándo aplicará la prohibición de áreas para fumar en restaurantes?

Así, desde HOY 16 de enero, las zonas exclusivas para fumar deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre, en las cuales estará prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento.

Además, tampoco se podrán llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento en las zonas destinadas para fumar.

Es decir, los establecimientos podrán destinar una zona para fumar al aire libre, pero en la misma no podrá comercializarse nada, ni se podrán colocar pantallas, y su único fin será que los clientes puedan salir a fumar. Lo que hace sumamente complicado que un establecimiento quiera contar con una zona «muerta», sin una función comercial.

Estas zonas deberán contar con las características siguientes:

  • No ser mayor al 10 por ciento del área total del inmueble o establecimiento.
  • Estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.
  • Contar con la señalización que prohíbe la entrada a menores de edad.
  • Tener advertencias sobre los efectos y daños en la salud a los que se exponen las personas al entrar en zonas exclusivamente para fumar.

¿En qué otros espacios estará prohibido fumar?

Los lugares en los que quedará prohibido fumar serán los siguientes:

  • Centros de trabajo.
  • Centros de espectáculos y entretenimiento.
  • Transporte público.
  • Estadios.
  • Mercados.
  • Plazas comerciales.
  • Escuelas.
  • Hoteles.
  • Lugares de culto religioso.
  • Playas, parques o espacios donde haya menores de edad.
  • Sitios catalogados como espacios libres de humo.

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