Según los argumentos la parte patronal los trabajadores de Nacional monte de Piedad eran inconformes con el emplazamiento a huelga, la empresa aducía que todo obedecía a un capricho de los lideres sindicales y que ante ello la huelga Iberia declararse improcedente, dado lo anterior se ordeno una votación y el resultado fue aplastante, los empleados de Nacional Monte de Piedad dijeron “SI” a la huelga.
Con los resultados obtenidos quedó de manifiesto que lo argumentado por el “Patrón” no tenia sustento, ademas que existe una inconformidad real en contra de lo pretendido por la empresa y los agravios al contrato colectivo de trabajo.
Toca ahora que los consumidores (Clientes del Nacional Monte de piedad ) sean escuchados por las Autoridades como PROFECO pues resulta en un abuso que permitan a Nacional monte de piedad seguir cobrando intereses por las prendas empeñadas cuando no están en posibilidad de regresarlas a los pignorantes.
El Contrato de empeño es muy claro y obliga a la empresa a regresar las prendas justo al momento de ser liquidado el adeudo, si ellos no pueden cumplir su propio contrato el cliente debe ser protegido por las instancias garantes del consumidor ordenando que en tanto la empresa se mantenga en huelga no se cobren intereses y se aplacen los vencimientos enunciados en los contratos.






