
Los magistrados del TEPJF, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, se pronunciaron en contra de la decisión, argumentaron ‘manipulación de reglas’.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE)quitarle el triunfo a cuatro candidatos a magistrados y jueces que ganaron en su distrito y otorgarlos a cuatro mujeres que obtuvieron mayor votación, con el objetivo de cumplir con el principio de paridad de género.
El INE asignó los cargos de jueces y magistrados de manera alternada entre mujeres y los hombres más votados en el Distrito Judicial Electoral por especialidad y en todos los casos la asignación inició con mujer. Las candidatas que impugnaron afirmaron que, al haber obtenido una votación más elevada, tienen prioridad frente al hombre que resultó ganador en cada caso.
La presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto, dijo que el principio de alternancia fue diseñado para favorecer el acceso de las mujeres a los cargos de mayor nivel y el INE lo aplicó en su perjuicio.
“No podemos aplicarle una norma o una herramienta como la alternancia de género, que surgió para posicionar y potencializar los derechos de las mujeres, acceso al cargo y ahora que le juegue en contra”, indicó.
Con lo decidido, Ana Yadira Alarcón ocupará la magistratura en materia administrativa en la Ciudad de México que ganó César Díaz; una candidata que pidió mantener su nombre como dato protegido ocupará la magistratura en materia administrativa en Jalisco que obtuvo Paulo Rolando Orozco; María del Carmen Zúñiga ocupará el cargo de juez en materia mixta en Guanajuato, que no se especifica en la resolución quién ganó, y Catalina Álvarez ocupará la magistratura en materia del trabajo en la Ciudad de México, que tampoco fue detallada.
Los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata se pronunciaron en contra de la decisión. “Esto no es interpretar de forma neutral las reglas sino que es manipular las reglas que se crearon cuando no sabíamos cómo era el resultado de la votación y manipularlas ahora que sí sabemos ese resultado, implica violar la certeza y la seguridad jurídica”, aclaró Fuentes Barrera.
De la Mata Pizaña dijo que la decisión implica crear una acción afirmativa que permite “copetear los resultados a favor de un grupo históricamente en situación de desventaja” y va en contra de la Constitución, pues dicha acción tuvo que haber sido implementada antes de la elección y no después.
Información de: El Financiero