Preocupa a expertos alcance de facultades que tendrá el Tribunal de Disciplina Judicial

15 septiembre 2024
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Podría cambiar la resolución de cualquier juez, magistrado o ministro, lo que lo convierte en una instancia superpoderosa; eso atentará contra la independencia de los juzgadores, señalan

La reforma al Poder Judicial, aprobada por el Congreso de la Unión y que contempla la creación del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), no contiene suficientes salvaguardas para evitar que el régimen de disciplina para jueces, magistrados y ministros se convierta en un instrumento de presión política, se alteren los fines para los que fue creado y se convierta en una herramienta para presionar a juzgadores para modificar sus decisiones y criterios judiciales, advierten especialistas.

De acuerdo con la reforma, el tribunal en cuestión será el órgano del poder Judicial de la federación encargado de calificar y sancionar las conductas de los juzgadores.

Estará integrado por cinco magistrados electos por voto popular, a partir de las listas propuestas por el Ejecutivo Federal, las Cámaras del Congreso y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Ocuparán el cargo seis años, sin posibilidad de reelegirse y sus decisiones “serán definitivas e inatacables y, por tanto, no procede juicio ni recurso alguno en contra de estas”.

Además, podrá ordenar, de manera oficiosa o por denuncia, el inicio de investigaciones, atraer procedimientos relacionados con faltas graves, ordenar medidas cautelares y de apremio y sancionar a quienes, a su juicio, incurran en “actos u omisiones contrarias a la ley, a la administración de justicia o a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia, además de los asuntos que la ley determine”.

No se sabe qué debe entenderse por eso.

Al tratarse de conceptos indeterminados, vagos y subjetivos, se abre un espacio a la discrecionalidad en la determinación de la responsabilidad y eso atenta contra la legalidad y seguridad jurídica propia del Estado de Derecho, señaló Carla Huerta Ochoa, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Además, si se toma en cuenta que sus decisiones serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, no procede juicio ni recurso alguno en contra de éstas, es algo delicado, “porque no puede existir ningún órgano que tenga decisiones que no sean impugnables, menos cuando ponen en riesgo tu derecho al trabajo”, expuso.

Según la reforma, cualquier autoridad va a estar legalmente facultada para presentar quejas o denuncias e incluso pueden ser anónimas. En opinión de la especialista, eso debe regularse porque, la denuncia debe ser personal. “No pueden ser anónimas y deben ser bien motivadas y fundadas con pruebas, porque no se puede quitar a alguien de su trabajo con base en una presunción”.

Será una instancia por encima de la SCJN

Según la reforma, el Tribunal también podrá dar vista al ministerio públicocompetente ante la posible comisión de delitos y solicitar juicio político de las personas juzgadoras.

Las sanciones que emita podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación de los juzgadores a excepción de los ministros de la SCJN y magistrados electorales.

De acuerdo con el análisis “Los riesgos de la reforma constitucional del poder Judicial de la Federación”, elaborado por México Unido Contra la Delincuencia, lejos de cumplir con el objetivo de mejorar la disciplina y la gestión administrativa del poder judicial, se complejiza aún más su funcionamiento. El Tribunal más que encargarse de que las personas que integran el poder Judicial actúen conforme a la ley y a principios éticos, revisaría las decisiones de la SCJN y otras personas juzgadoras, expandiendo su mandato disciplinario a la revisión del contenido de las sentencias.

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