SCJN otorga amparo a empresarios contra el SAT

21 noviembre 2016
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México.- Un revés ha sufrido el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en tu intención de obligar a los empresarios a reportarle sus operaciones relevantes.

Y es que el artículo 31-A del Código Fiscal, a partir de 2014, estableció que las empresas que tengan ingresos al año de más de 100 millones de pesos debían de presentar esos reportes, lo que no agradó a algunas firmas.

El caso se presentó ante la  Suprema Corte de Justicia (SCJN) y amparó a los empresarios al declarar inconstitucional la obligación.

Algunas de las firmas que impugnaron el artículo 31-A son Grupo Televisa y Nissan; Industrias Peñoles, Tiendas Chedraui, Navistar International y BBVA-Bancomer.

Para los ministros que votaron por otorgar el amparo, ese artículo, uno de los pocos de la Reforma Fiscal de finales de 2013, es demasiado abierto y permite la discrecionalidad del SAT.

«No se advierte algún parámetro que sirva de base para delimitar la actuación de la autoridad porque no contiene algún elemento que permita definir, al menos de manera genérica, a qué tipo de información se refiere ni mucho menos qué tipo de operaciones deberán reportarse», señalan las sentencias, las cuales da a conocer Reforma.

Los ministros Margarita Luna, Eduardo Medina Mora y Javier Láynez avalaron el conceder los amparos, en tanto que Alberto Pérez Dayán y Fernando Franco votaron en contra.

Ya que sea concedida la protección por la Suprema Corte, las empresas que ganen amparos ya no tendrán que presentar los reportes, hasta que el Congreso modifique el artículo 31-A para detallar con mayor precisión la información que deben contener.

Información de: SDP

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