El Senado informó que el próximo 15 de diciembre publicará el listado definitivo de aspirantes que cumplen con los requisitos para participar en la elección judicial.
El Comité de Evaluación del Poder Legislativo dio a conocer el viernes 6 de diciembre la lista preliminar de aspirantes que buscan participar en el proceso electoral extraordinario de junio de 2025 para elegir a juezas, jueces, ministras, ministros, magistradas y magistrados.
En un comunicado, el Senado informó que el próximo 15 de diciembre publicará el listado definitivo de aspirantes que cumplen con los requisitos constitucionales, legales y de elegibilidad que pasan a la siguiente etapa.
¿Cuántas personas se registraron para la elección judicial?
La Cámara Alta informó que hasta el 24 de noviembre, fecha en que concluyó el registro, se contaban con 11 mil 646 solicitudes a través del sitio oficial del Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal.
Agregó que también se recibieron 258 expedientes en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo. Además, el CEPL recibió 15 mil 242 correos electrónicos.
“Concluido el plazo de inscripción, el Comité inició la revisión de documentos e información establecidos en la convocatoria mediante el análisis y cruce de los registros vía plataforma, correo electrónico y de forma física, determinando un total de 10 mil 959 registros efectivos”, indicó.
¿Qué sigue en el proceso de la elección judicial?
Luego de que se dio a conocer la lista preliminar de los aspirantes, el Comité de Evaluación del Poder LegislativoFederal ––integrado por Ana Patricia Briseño Torres, Andrés Norberto García Repper Favila, Maribel Concepción Méndez De Lara, Maday Merino Damián y María Gabriela Sánchez García–– deberá seleccionar los perfiles mejores calificados para ocupar los cargos.
Los candidatos serán elegidos bajo con base en los principios de paridad de género, inclusión, accesibilidad, profesionalismo, ética, transparencia y garantizando la participación de los aspirantes.
“Esto conforme a los requisitos, condiciones y términos establecidos en los artículos 95,96, 97, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los establecidos en los transitorios del Decreto y las disposiciones legales aplicables”, detalló el Senado.
Información de: El financiero