El proceso puede ser largo y más costoso que el monto a reclamar.
¿Qué pasa si un trabajador muere y no deja nombrado a los herederos que podrían recibir el pago de su pensión, y además tenía una segunda familia? En primer lugar se debe localizar si el beneficiario tiene todavía los recursos acumulados para llevar a cabo un proceso de reclamo, indicó Rolando Silva Briceño, vicepresidente de Fiscal del Colegio Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
En entrevista con el Heraldo de México, el también docente egresado de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC) y colaborador de firmas internacionales en las áreas de Impuestos y Seguridad Social, resaltó la facilidad con la que las personas pueden llevar a cabo el trámite a través de la página de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) para saber si pueden acceder al ahorro del trabajador acaecido.
Paso a paso, cómo cobrar la pensión de un empleado fallecido
El experto del IMCP señaló que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) tiene regulación como instituciones financieras y como tal deben tener un expediente con datos biométricos de los beneficiarios, en ese sentido, los empleados deben tener definidos a la o las personas que dejará como herederos.
Una vez consultado si el trabajador fallecido aún tiene saldo para reclamar, de acuerdo con los datos hallados en la Consar tras llenar los campos con los datos del asegurado como es el RFC, la CURP y el Número de Seguridad Social (NSS), el siguiente paso es acreditar la personalidad de reclamante.
¿Qué pasa si no hay beneficiarios definidos por el trabajador? Rolando Silva precisó que la figura inmediata que puede reclamar el fondo de ahorro es la consanguinidad; es decir, la familia directa que recae en los hijos, o bien con el esposo o esposa, o en su defecto el o la cónyuge.
Sin embargo, dijo, que en la mayoría de los casos que se presenta con dichas características, los empleados tenían más de 70 años de edad, por lo que en caso de no haber reclamado su ahorro, estos pueden llegar a unos 5 mil pesos, situación por la cual varias personas abandonan el proceso por el costo que implica el trámite judicial que implica.
¿Qué complicaciones existen si no hay herederos en la afore?
Rolando Silva recalcó la relativa facilidad con la que se puede cobrar la pensión de la afore del empleado fallecido en caso que haya hijos y que sean menores a 25 años de edad, o bien exista una esposa; pero en situaciones como no haber nombrado a herederos y no estar casado y además haber tenido otra familia, el reclamo se complica.
“Cuando no se completó el expediente se busca quién tiene más derecho para evaluar qué tan cercano es el parentesco”, dijo Rolando Silva.
Por lo anterior, el experto señaló: “Si no hay matrimonio se buscaría con quien tuvo hijos y se haría unprocedimiento civil, si hay concubinato es complejo establecer a los beneficiarios, pero si se presentan más de un concubinato se niega”, acotó.
¿Hay que pagar impuestos por recibir la afore?
No obstante, Silva Briceño indicó que en el extremo que ningún familiar o concubinato reclame el pago de la afore, cualquier persona podría realizar el trámite: “No es forzoso que sea a concubina o cónyuge, pueden ser un conocido”, pero si las dos familias reclaman el monto, el juicio se alargaría por tiempo indefinido en contraste con el proceso de menos de un año que los consanguíneos no nombrados como beneficiarios podrían cobrar el dinero.
Sobre el pago de algún impuesto para recibir el monto de la afore, Rolando Silva aclaró que al ser un dinero bajo la figura de herencia éstas no están gravadas por el costo sobre la renta (ISR), “todo ese proceso ya pasó por proceso de fiscalización. Pero si el trabajador hizo aportaciones voluntarias a estas afores en su momento debieron ser deducibles, si no cuando se retire el dinero debe hacerse un cálculo fiscal”, dijo, y agregó:
“Ya tiene descontadas las comisiones a partir del 2020 que corresponden al 0.57, medio punto porcentual anual, pero la referencia es que el tope se calcula con el promedio de los cobros similares que se hacen en Colombia, Chile y EU, es de manera regular. No hay pago extra, a la afore no, pero en algunas circunstancias a quien lo recibe sí (se le hacen descuentos), están limitadas”, señaló refiriéndose sobre todo a los beneficiarios que no tengan parentesco con el beneficiario.
Información de: El Heraldo de México