El SAT exenta a asalariados de presentar su declaración anual

23 marzo 2017
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró hoy que los asalariados del país con ingresos inferiores a los 400 mil pesos anuales ya no estarán obligados a presentar su declaración anual correspondiente a 2016, o podrán presentarla en cualquier momento del año y no en el mes de abril, como hasta ahora ocurría.

También detalló que esta disposición aplicará para aquellas personas que no tengan ingresos adicionales o generen intereses bancarios por más de 20 mil pesos.

El SAT abunda en un comunicado que “quienes solamente obtuvieron salarios de un patrón, no están obligados a presentar la declaración; si desean obtener su devolución, pueden presentarla en cualquier momento del año”.

En un acto para presentar a los medios las nuevas facilidades para realizar la declaración fiscal, el titular del SAT Osvaldo Santín Quiroz indicó que “la declaración tiene información pre cargada respecto de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y deducciones autorizadas. En caso de que haya saldo a pagar, también la misma herramienta genera la línea de captura y, en caso de que quieran acogerse al beneficio de pago en parcialidades, la opción estará disponible”.

Adrián Guarneros Tapia, administrador general de Servicios al Contribuyente, señaló que las personas físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos podrán obtener su devolución siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad este trámite y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT

 

Información de: Proceso.com

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